Saltar al contenido
Área de práctica

Estupefacientes

La ley 23.737 tiene figuras con escalas que van de un mes de prisión a quince años, y la línea que las separa —tenencia para consumo, tenencia simple, tenencia con fines de comercialización— se discute en prácticamente todas las causas.

Las figuras y sus escalas

Notá el salto: de la tenencia para consumo a la tenencia con fines de comercialización hay una diferencia de trece años en el máximo. Por eso la discusión sobre la finalidad de la tenencia es, en la enorme mayoría de las causas, la discusión central.

Qué mira el tribunal para definir la finalidad

No existe una cantidad legal que separe automáticamente una figura de otra. Lo que se valora es un conjunto: la cantidad y su relación con el consumo acreditado de la persona, el fraccionamiento, el modo de acondicionamiento, la presencia de elementos de corte o pesaje, el dinero secuestrado y su distribución, y las circunstancias del procedimiento. Ninguno de esos elementos por sí solo alcanza, y ahí hay margen real de defensa.

El fallo Arriola

En 2009 la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 14 en cuanto sanciona la tenencia para consumo personal en condiciones que no impliquen peligro concreto o daño a terceros. Es doctrina que sigue vigente y que hay que invocar activamente: no se aplica sola.

La legalidad del procedimiento

En materia de estupefacientes, una parte muy grande de las causas se define discutiendo cómo se obtuvo la prueba, no qué dice la prueba. Requisas sin orden ni motivo suficiente, allanamientos con defectos, cadenas de custodia interrumpidas, actas mal confeccionadas. Cuando la prueba se obtuvo en violación de garantías constitucionales, no puede sostener una condena, y la regla de exclusión alcanza también a lo que derive de ella.

Competencia federal o provincial

Córdoba adhirió a la desfederalización parcial, de modo que algunas figuras se investigan en la justicia provincial y otras siguen en la federal. No es un tecnicismo: cambia el fuero, los tiempos y en buena medida la dinámica del proceso.

Estoy matriculado en Córdoba, en la Capital Federal y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de modo que puedo seguir una causa federal en cualquier jurisdicción del país sin necesidad de un corresponsal.

¿Tenés una causa por estupefacientes?

La calificación inicial rara vez es la que queda. Contame qué dice la imputación y de qué se trató el procedimiento.